Los fundamentos de la resolución de conflictos

Por: Yosseth de Los Rodriguez Monge, Marlene Yazmin Arce Perez, Jennifer Dayana Gutierrez Perez.
Edición: David Alfredo García Soto.

Como bien sabemos los conflictos son parte fundamental en la vida de todos los seres humanos y estos son vistos como aprendizajes adquiridos que nos ayudan a modificar y mejorar las relaciones que mantenemos en la sociedad, por ello también es indispensable conocer cuales son las estrategias o los fundamentos para una adecuada resolución de conflictos.

Estos fundamentos son: Mediación, Arbitraje, Conciliación y Transacción.

Explicación de los fundamentos de la resolución de conflictos.  

Mediación: este fundamento es una estrategia que se utiliza para la resolución alternativa de los conflictos en la cual es de gran importancia la presencia de un mediador con el fin de ayudar a las personas que presenten un conflicto o desacuerdo entre sí, para poder así tratar de pactar las posibles soluciones en las cuales las partes involucradas queden conformes.

Según Ruiz (2018) “Desde el punto de vista jurídico podríamos decir que la mediación es un procedimiento a través del cual un tercero imparcial ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo” (p.10). 

Figura 1. Molina (2014)


Arbitraje: esta es una estrategia o mecanismo que se encuentra fundamentada en la independencia de las decisiones de las partes involucradas ante las soluciones de los conflictos en la que se designa un arbitro al que se le imputa un poder para que este intervenga de manera objetiva y justa en cuanto a la solución definitiva del conflicto.


Figura 2. Volio (2019)

Conciliación: la conciliación se refiere al medio por el cual las partes implicadas llegan a acuerdos definitivos, con la colaboración de un tercero que se encarga de llevar a cabo el proceso y ayuda con la toma de la decisión, sin la necesidad de recurrir a un proceso legal. La conciliación se caracteriza por plantear de manera rápida los acuerdos para solucionar el conflicto, donde ambas partes aprueban las decisiones propuestas de manera voluntaria y sin objeciones.


Figura 3. Bec (2014)

Transacción: Este termino hace referencia al acuerdo mutuo de todas las partes involucradas en un conflicto de poner fin al conflicto reteniendo las partes involucradas algún bien o servicio acordado que de resolución al conflicto inicial. La anterior afirmación se justifica con lo expuesto por Susana San Cristóbal Reales en su publicación “La transacción como sistema de resolución de conflictos” (2011), la cual cita lo siguiente:

La transacción es un sistema autocompositivo de resolución de controversias,
por el que los propios contendientes pueden resolver su conflicto, incluso aunque
hayan iniciado un proceso judicial o arbitral. Se basa en el principio general
de la libertad de contratación (art. 1255 del Código Civil), por el que las partes
pueden disponer de todo aquello que tengan por conveniente, en tanto no se
vulneren normas de orden público. (p. 279)

Agregando a lo anterior es pertinente aclarar que los procesos de transacción tienen como objetivo evitar un proceso penal o arbitrario, siempre en cuanto las características del caso permitan este tipo de resolución y todas las partes involucradas den su completo consentimiento al contrato acordado.




Referencias bibliográficas

Bec, R. (9 de diciembre de 2014). Mediación y Conciliación para Resolución de Conflictos. Robert Bechttps://robertbec07.wordpress.com/2014/12/09/mediacion-y-conciliacion-para-resolucion-de-conflictos/

Molina, F. (24 de octubre de 2014). La mediación: Un Sistema de Gestión de Conflictos. Blog de Fernando Molia Alénhttp://fernandomolinaalen.es/la-mediacion-sistema-de-gestion-de-conflictos/

Ruiz, C. (2018). Resolución Alternativa de Conflictos [Trabajo de Grado en Criminología]. Universidad de Valladolid.

San Cristóbal, S. (2011). La transacción como sistema de resolución de conflictos disponibles. Anuario Jurídico y Económico Escurialense, 44, 277-302. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3625355

Volio, F. (2019). Hay que reformar el arbitraje en Costa Rica. El Financierohttps://www.elfinancierocr.com/opinion/hay-que-reformar-el-arbitraje-en-costa-rica/APOPDP5LVVDDXM4OE3HD77W3O4/story

Anexos

Bec, R. (9 de diciembre de 2014). Mediación y Conciliación para Resolución de Conflictos [Figura 3]. Robert Bechttps://robertbec07.wordpress.com/2014/12/09/mediacion-y-conciliacion-para-resolucion-de-conflictos/

Molina, F. (24 de octubre de 2014). La mediación: Un Sistema de Gestión de Conflictos [Figura 1]. Blog de Fernando Molia Alénhttp://fernandomolinaalen.es/la-mediacion-sistema-de-gestion-de-conflictos/

Volio, F. (2019). Hay que reformar el arbitraje en Costa Rica [Figura 2]. El Financierohttps://www.elfinancierocr.com/opinion/hay-que-reformar-el-arbitraje-en-costa-rica/APOPDP5LVVDDXM4OE3HD77W3O4/story



Comentarios

Entradas más populares de este blog

Aspectos Informativos #2

Aspectos informativos #1

Convergencia de la resolución de conflictos